Los lodos judiciales del post-franquismo, aun coletea...

La Audiencia de Madrid confirma la condena de 80.000 € a Echenique por acusar de violador a un inocente, impone la obligación de pedir perdón públicamente a la familia de la víctima. En el mismo fallo ha sido ratificada también la condena a Juanma del Olmo por el mismo motivo.

Los lodos judiciales del post-franquismo, aun coletea y degradan la justicia española

La doble vara de medir usada por el juez Herrero de Egaña con Jiménez Losantos y con Echenique

Se trata del mismo juez que justificó una campaña de acoso y derribo de Losantos contra el periodista Zarzalejos amparándose en la libertad de expresión

El juez Herrero de Egaña ha condenado a Pablo Echenique y Juanma del Olmo por unas declaraciones en las que defendían a una mujer que denunció ser violada. Sin embargo, el mismo juez, justificó una campaña de acoso y derribo de Losantos contra otro periodista amparándose en la libertad de expresión. Parece que lo que vale para Losantos, no vale para Pablo Echenique y Juanma del Olmo.

La sala del juez Herrero de Egaña pretendió librar a Federico Jiménez Losantos de una condena por proferir numerosos insultos y descalificaciones durante dos años en la COPE contra el periodista José Antonio Zarzalejos amparándose en la libertad de expresión. Esta decisión de la sala de Herrero de Egaña contrasta con la condena que ha impuesto a los dirigentes de Podemos Pablo Echenique y Juanma del Olmo.

Cuando se trataba de Losantos, el juez Herrero de Egaña justificó veinte meses de insultos como "mentiroso, traidor o sicario" alegando que "las expresiones poco afortunadas o incluso un tanto vejatorias no alcanzan la calificación de atentado al honor cuando son fruto o tienen relación con una confrontación política", tal y como se puede comprobar en la sentencia de 2010 a la que ha tenido acceso LÚH. Ahora, el mismo juez carga con una multa de 80.000 euros a los dos dirigentes de la formación morada por mostrar su apoyo a una mujer que denunció que había sido violada, tal y como habían publicado antes varios medios de comunicación.
Se trata de "un grave precedente sobre libertad de expresión y un ataque a representantes públicos que respaldan a las víctimas de violencia machista", según ha calificado la abogada Alejandra Jacinto, quien vaticina un "nuevo varapalo" a la justicia española si la causa llega al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

No sería la primera vez que el juez Herrero de Egaña es desautorizado por una instancia superior. El Tribunal Supremo le dio un tirón de orejas a la sala de la Audiencia de Provincial de Madrid de la que forma parte Herrero de Egaña por exculpar a Losantos.

Entre los insultos de Losantos se encontraban referencias sobre la apariencia física de Zarzalejos (“calvorotas”), su valía moral (“mentiroso”, “traidor”, “sicario”, y “embustero”), su capacidad intelectual (“bobo”, “analfabeto funcional”, “inútil”, “zote”, “zoquete” o “despojo intelectual”), su capacidad como ser humano en general (“fracasado”, “pobre diablo”, “pobre enfermo”, “nulidad”, “ruindad”) o su trabajo (“pésimo director”, “director incompetente” “ignorante”).

La Sala justificaba los insultos de Losantos contra otro periodista en una libertad de expresión que debe "comprender la crítica de la conducta de otro aun cuando pueda molestar, inquietar o disgustar a aquel contra quien se dirige". Sin embargo, el Supremo desautorizó este razonamiento alegando que "una cosa es efectuar una valoración personal, por desfavorable que sea, y otra muy distinta emitir de forma reiterativa y constante calificativos desvinculados de la información transmitida y sin justificación alguna”.

Compañeros de la prensa señalan a LÚH que es importante recordar que Zarzalejos fue muy duro con Esperanza Aguirre, madrina política de Isabel Díaz Ayuso, y que "la presión de la presidenta de la Comunidad de Madrid y del PP madrileño le costó el puesto a Zarzalejos en 2008".

UNA SENTENCIA BASADA EN "VOLUNTARISMO JUDICIAL"
La sentencia dictada contra Echenique y Del Olmo en 2020 por la jueza Blanca Grande Delgado y ahora ratificada por el juez Herrero de Egaña ha sido duramente criticada por expertos al estar impregnada de un claro "voluntarismo judicial". Así lo explicaba Gregorio Arroyo, abogado y académico de Jurisprudencia, en un artículo en Confilegal, en el que además recuerda que la Fiscalía se posicionó sin matices del lado de los políticos y pidió desestimar la demanda.

El diccionario panhispánico del español jurídico de la RAE establece que una resolución judicial "puede tacharse de arbitraria cuando, aun constatada la existencia formal de una argumentación, no es expresión de la Administración de Justicia, sino mera apariencia de esta por ser fruto de un mero voluntarismo judicial o expresar un proceso deductivo irracional o absurdo".
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
Para lodos los que tiene Podemos y sus secuaces.