El PP ha dicho que la va a quitar, menos mal.

Educación para la ciudadanía
La Introducción a la programación de la Educación para la ciudadanía precisa que el mínimo común ético que configura la moral pública impartida en la asignatura tiene el “objetivo de formar, no fieles de una Iglesia o confesión, sino ciudadanos de Estado”
El objetivo es formar ciudadanos de Estado, no simples ciudadanos. ¿Cuál es la diferencia? El ciudadano a secas puede tener convicciones, creencias y valores religiosos y morales, además de los cívicos y democráticos.
El ciudadano de Estado sólo está pertrechado por los valores cívicos y democráticos, que hace efectivos por medio de la laicidad, como principio moderador del ordenamiento y de la acción del Estado.
Admito y valoro la laicidad como autonomía y neutralidad del Estado, pero no puedo estar de acuerdo con el significado de laicidad que la propone como norma suprema, ni como doctrina filosófica materialista y atea, hostil a todo lo trascendente.
En un Estado aconfesional como España, los individuos pueden optar por una confesión religiosa u otra y también porque lo religioso desaparezca de la esfera pública y sea relegado al ámbito privado. Esta última es la opción laicista promovida por las esferas gubernamentales, con las que estoy en total desacuerdo.
El objetivo educacional del Estado debe ser formar ciudadanos que puedan libremente tomar sus opciones y no colarles, subrepticiamente, la opción laicista.
Si busca el respaldo y el respeto de los ciudadanos debe empezar respetándolos.

El PP ha dicho que la va a quitar, menos mal.