ABC PREMIUM.
Una simple denuncia bastará para prohibir las visitas del otro progenitor a los hijos.
La modificación del artículo 94 del Código Civil se «cuela» en un texto sobre Discapacidad relegando al juez.
Nati Villanueva.
Una simple denuncia bastará para prohibir las visitas del otro progenitor a los hijos.
La modificación del artículo 94 del Código Civil se «cuela» en un texto sobre Discapacidad relegando al juez.
Nati Villanueva.