Ufff.

. ÁLVARO GARCÍA
La Agencia Tributaria ha sancionado a 5.000 contribuyentes desde que puso en marcha el controvertido modelo 720, el formulario con el que se declaran los bienes y derechos en el extranjero. El año en que se abrieron más expedientes sancionadores por esta declaración informativa fue, con diferencia, 2015. El modelo 720 entró en vigor en enero de 2013 con un severo régimen sancionador que llega a penalizar con el 150% de la cantidad no declarada y que se ha convertido en un foco de conflictos para la Agencia Tributaria por la litigiosidad que ha generado y porque Bruselas va a denunciar a España por su aplicación.

Así son los contribuyentes que ocultan a Hacienda su patrimonio extranjero
Bruselas apercibe a España por la desproporción de las sanciones tributarias del modelo 720

Una medida polémica y muy criticada, pero a la vez una mina de información fiscal que ha permitido conocer que los contribuyentes españoles y extranjeros residentes tienen en el exterior al menos 156.000 millones de euros en bienes y derechos. Así es el controvertido modelo 720, una declaración tributaria que creó el exministro de Hacienda Cristóbal Montoro en lo peor de la crisis. Desde su entrada en vigor, en enero de 2013, y hasta el 15 de julio pasado, la Agencia Tributaria ha sancionado a 5.039 contribuyentes, bien porque ocultaron bienes o no presentaron la declaración, bien porque la presentaron fuera de plazo. El año en el que se finalizaron más expedientes con sanción fue, con diferencia, 2015 (4.321 sanciones).

El 71% de los expedientes finalizados con sanción son por la presentación fuera de plazo del modelo 720. En lo que va de 2019 apenas se han cerrado seis expedientes, según los datos que ha obtenido EL PAÍS gracias a una solicitud de información amparada en la Ley de Transparencia.

El modelo 720 se ha convertido en un foco de conflicto para la Agencia Tributaria, que ha visto cómo muchas de sus sanciones acaban, primero, en los tribunales económicos administrativos autonómicos o en el central —son las unidades judiciales encargadas de resolver reclamaciones tributarias—, y después en los tribunales ordinarios.

Las críticas a su riguroso régimen sancionador, que contempla multas de hasta el 150% de la cuota defraudada, no se limitan a los contribuyentes y a sus asesores fiscales, sino que han llegado a la Comisión Europea. El Ejecutivo comunitario apercibió a España en 2017 al considerar que el modelo 720 afecta a la libre circulación de personas y capitales. El dictamen motivado —primer paso en un procedimiento de infracción— que Bruselas envió a Madrid consideraba desproporcionado el régimen sancionador y criticaba la imprescriptibilidad de los hechos sancionados.

Las multas, dijo la Comisión, podían “disuadir a las empresas y a los particulares de invertir en el mercado único o desplazarse por él”, y su aplicación es “discriminatoria”. Bruselas no cuestiona la legitimidad del modelo, sino la desproporcionalidad de las sanciones. En junio de este año la Comisión anunció que llevará a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El modelo 720 se convertía así en el segundo varapalo a la política fiscal de Cristóbal Montoro, después de que el Tribunal Constitucional anulara en 2017 el real decreto de la última amnistía fiscal, de 2012.

En su respuesta oficial, la Agencia Tributaria asegura desconocer la cantidad total que ha recaudado gracias a estos expedientes. Hacienda argumenta que para suministrar esa información necesitaría “una acción previa de reelaboración” y requeriría la colaboración de varios departamentos —todos ellos de la propia Agencia Tributaria— para obtener datos de Inspección, Gestión y Recaudación. A preguntas de EL PAÍS, una portavoz del Ministerio de Hacienda tampoco facilitó el dato de recaudación. En mayo de 2016, sin embargo, la Agencia Tributaria convocó a la prensa para dar ese dato: aseguró haber ingresado hasta entonces 840 millones de euros por inspecciones de bienes en el exterior. Fuentes tributarias aseguran que la alta litigiosidad de las sanciones impuestas por el fisco por el modelo 720 está retrasando que las multas devengan firmes —cuando así lo determinan los tribunales— y recuerdan que muchos pleitos están dando la razón a los contribuyentes sancionados.

Es el caso, conocido recientemente, de un hombre que en 2013 presentó voluntariamente el modelo 720 en el que aseguraba poseer 98.168 euros en una cuenta abierta en Italia. La inspección detectó que a finales de 2012, cuando la cuenta contaba con 46.000 euros, se registró una transferencia de 6.000 euros más que dejó el saldo en 52.000 euros a cierre del año. Hacienda le acusó de presentar la declaración fuera de plazo, al entender que debía haber informado de la existencia de esos bienes en 2012. La normativa obliga a declarar si se superan los 50.000 euros. La multa ascendió a 52.417 euros. El Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Castilla y León anuló la sanción. Este es uno de los casos que el abogado del despacho DMS Consulting Alejandro del Campo, usó para denunciar el modelo 720 a Bruselas en 2013 y que inició el procedimiento contra España.

El taxista de Granada
Hace unos meses el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) anuló la multa del 150% sobre la cuota del IRPF de la declaración de bienes en el exterior (modelo 720) que la Agencia Tributaria impuso a un contribuyente, el ya célebre “taxista de Granada”. Este hombre declaró que tenía 340.000 euros en Suiza pero lo hizo fuera de plazo. La Agencia Tributaria le exigió 188.000 euros de cuota de IRPF por rentas no declaradas. Además, al aplicarle la multa del 150%, le reclamó otros 254.000 euros. En total, le pedía 442.000 euros. “Mucho más de lo que tenía”, señala Del Campo, que afirma que el TEAR anuló la sanción del 150% porque asegura que Hacienda no acreditó la culpabilidad del contribuyente.

Del Campo asegura que no entiende por qué Hacienda sigue aplicando a rajatabla la normativa cuando está pendiente del tribunal europeo. Acaba de presentar una reclamación ante el TEAR de Madrid por el caso de un cliente que tenía 200.000 euros en diversas cuentas y fondos de inversión en el extranjero, donadas por su padre años atrás. Presentó el modelo 720 y Hacienda le aplicó tres sanciones: 78.000 euros por ganancias patrimoniales injustificadas, sanción del 150% sobre esa cuota del IRPF no pagada (98.000 euros) y la sanción formal. Como cada dato no declarado supone 5.000 euros, la sanción final supera los 300.000 euros. “En total, sumando la sanción formal, este afectado se enfrenta a unas multas y consecuencias superiores a los 500.000 euros por una cantidad no declarada de 200.000”, dice Del Campo, convencido de que ganará el caso.

Sentencias contradictorias
Los tribunales superiores, las instancias a las que llegan los recursos tras el paso por los tribunales económico-administrativos, están fallando tanto a favor como en contra de los contribuyentes en el caso de las multas por declaraciones con el modelo 720 de bienes y derechos en el extranjero. En uno de los casos, de hace unas semanas, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura desestimó el recurso de un contribuyente al que Hacienda sancionó con 5.800 euros por presentar fuera de plazo la declaración, relativa al ejercicio 2012. Su abogado argumentó, entre otras cosas, que la sanción vulnera la normativa comunitaria, que es desproporcionada y que no existe el elemento de culpabilidad.

El hombre presentó una declaración de 359.476 euros sobre 29 acciones y valores en Suiza. “A la vista de dicho importe y de la sanción impuesta, no se aprecia que haya desproporcionalidad”, afirma el fallo, al que tuvo acceso EL PAÍS. El tribunal consideró además que las acciones correspondían a entidades situadas en Luxemburgo e Irlanda, “lo que denota que el actor tiene ciertos conocimientos económicos que no se corresponden con los de un ciudadano medio”. El fallo suma a esa consideración la existencia de “las campañas llevadas a cabo por la Agencia Tributaria en relación al modelo 720”, que demostrarían que el contribuyente dispone de asesoramiento fiscal.

Recientemente otros tribunales superiores, como el de Cataluña, han anulado sanciones de la Agencia Tributaria. En mayo pasado, este tribunal consideró que Hacienda no motivó suficientemente la culpabilidad de una contribuyente y que existiendo un dictamen de la Comisión Europea que considera las sanciones desproporcionadas, no se puede limitar a decir que ellos aplican la normativa vigente. Por ello estimó su recurso y anuló la multa impuesta por presentar el 720 más de dos años después de lo debido.

Ufff.
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
Estás vago?
Es que si no, no queda todo explicado.
No hace fslta leerlo todo oara enterarse, perl ahí està. ¿La derecga no sube los impuestos?
Saludos.