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"El Supremo ratifica la condena contra Luis Pineda por vulnerar el honor del ex social media de la Policía
El jefe de Ausbanc ya había sido condenado por difamar al secretario general de FACUA en el mismo montaje periodístico que dedicaron a Carlos Fernández Guerra.
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ESPAÑA - 21/10/2022

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena contra Ausbanc, el que fuera su presidente, Luis Pineda Salido, y su director de publicaciones, Luis Suárez Jordana, por vulnerar el honor del ex social media de la Policía Nacional, el periodista Carlos Fernández Guerra.

Ausbanc, Pineda y Suárez Jordana ya habían sido condenados por difamar al secretario general de FACUA, el también periodista Rubén Sánchez, en el mismo montaje que dedicaron a Fernández Guerra.

El Supremo considera que las expresiones publicadas contra Fernández Guerra "constituyen un juicio de valor o un parecer del periodista autor de los artículos publicados, tienen un contenido que no solo es objetivamente descalificatorio y machacón (la opinión no solo apareció en el número de Mercado de Dinero del mes de abril, sino que se reiteró en los números de mayo y junio), sino también extremadamente infamante y atentatorio contra el honor".

El TS ratifica íntegramente la sentencia dictada el 17 de mayo de 2021 por la Sección Vigesimoprimera de la Audiencia, que consideró que el periódico de Ausbanc Mercado de Dinero incurrió en una vulneración del derecho al honor del demandante por las publicaciones en las que se le llamaba "matón 2.0", se compararan sus acciones con "las SS alemanas en sus actuaciones contra los judíos" y se le equiparaba con la mafia. También se pronuncia sobre 21 tuits publicados desde la cuenta personal de Pineda para difamar al demandante.

Pineda emprendió su campaña contra Fernandez Guerra por el único hecho de que lo consideraba amigo del hoy secretario general de FACUA, Rubén Sánchez. El jefe de Ausbanc puso en el punto de mira de sus difamaciones a familiares, amigos y compañeros del portavoz de FACUA. Ésta es la quinta causa judicial en la que es condenado por estos motivos, tras dos condenas por difamar a FACUA y otras dos por hacer lo mismo con Sánchez.

La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid y que fue recurrida por los condenados ante la Audiencia y, posteriormente, ante el Supremo, señaló que ni el derecho a la información ni el derecho a la libertad de expresión amparan "el derecho al insulto o la imputación de delitos o de pertenencia a asociaciones delictivas que no se corresponde con la realidad".

La sentencia declara igualmente injuriosos 21 tuits de Luis Pineda Salido y, tal y como solicitaba David Bravo, letrado de Carlos Fernández Guerra, le obliga no sólo a borrarlos sino también a rectificarlos publicando el fallo de la sentencia durante diez días consecutivos en un horario de mañana de 9 a 14 o de tarde de 20 a 22 horas para asegurar su máxima difusión. Del mismo modo, Mercado de Dinero, que publicó tres artículos declarados atentatorios contra el honor, tendrá que publicar el fallo de la sentencia en tres números sucesivos de esa publicación o de otra con idéntica o mayor tirada.

Asimismo se condena a los tres demandados a indemnizar al demandante con 5.000 euros y a Pineda a indemnizar además de la anterior cifra en 1.000"