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La reforma laboral, ¿qué hay que reformar?

La reforma laboral del PP
ANTONIO ANTÓN

Profesor de Sociología de la Universidad Autónoma de Madrid

29/10/2021

La exministra de Empleo y Trabajo con el PP, Fátima Báñez.- EFE
El Gobierno del PP, a primeros del año 2012, a comienzos de la legislatura y tras sus primeras medidas de restricción presupuestaria aprueba e impone, con su mayoría parlamentaria y sin diálogo social con los agentes sociales, una reforma laboral profundamente regresiva: abarata y facilita el despido, recorta derechos y condiciones laborales, precariza el empleo y debilita la regulación laboral y la negociación colectiva.

Sus objetivos son dobles: por un lado, la subordinación de trabajadores y trabajadoras, el abaratamiento de los costes laborales y asegurar una inserción laboral en la inseguridad, y, por otro lado, el incremento de los beneficios empresariales y el fortalecimiento de la capacidad empresarial para disponer arbitrariamente de las personas empleadas y en paro. El resultado es un fuerte desequilibrio en las relaciones laborales: por una parte, mayor indefensión para las capas trabajadoras y marginación de sus representantes sindicales y, por otra parte, mayor poder y control empresarial.

Lejos de constatar el fracaso de las anteriores reformas laborales para crear empleo, asegurar su calidad y atender las demandas ciudadanas de superar el paro y garantizar la protección al desempleo, aquella contrarreforma laboral del PP desarrolla su contenido regresivo y profundiza su impacto antisocial.

Esta valoración global ya la escribí y publiqué en aquel momento. Apenas he tenido que reelaborar la crítica; sigue plenamente vigente. La actualidad del debate en el propio Ejecutivo progresista de coalición para concretar el plan para su derogación me ha llevado a volver sobre el significado real de su inmediata aplicación. Se trata de transformar en profundidad el modelo regresivo de relaciones laborales y del mercado de trabajo que todavía está en vigor y cuyo compromiso es un punto central del acuerdo de Gobierno entre PSOE y Unidas Podemos. Entro en el análisis de los principales componentes de la reforma laboral del Partido Popular, que insiste en mantener.

Facilita y abarata el despido, empeora las condiciones laborales y precariza el empleo
La reforma laboral de la derecha fue una reforma ‘completa’ porque impone un retroceso en los tres ámbitos fundamentales: facilita un despido más barato; empeora las condiciones laborales de los empleados marginando la negociación colectiva, y crea nuevos tipos de contratación más precarios. Se generaliza la flexibilidad externa, en la entrada y la salida del mercado de trabajo, y se añade mayor flexibilidad interna, reduciendo las garantías laborales. Se refuerza el poder discrecional de la jerarquía empresarial y se profundiza la ‘inseguridad’ para la gente trabajadora.

Primero, reduce drásticamente la protección del empleo al facilitar y abaratar el despido. Tiende a generalizar el despido procedente objetivo, con 20 días de indemnización por año trabajado y un máximo de doce mensualidades. Elimina la protección del contrato indefinido ordinario (45 días y 42 mensualidades) y a partir de entonces lo convierte en el indefinido de fomento del empleo (33 días y 24 mensualidades). Facilita el despido colectivo a través de los expedientes de regulación de empleo, eliminando la necesidad de autorización administrativa previa y la consiguiente participación y negociación de los representantes de la gente trabajadora. El empresario aduciendo causas económicas, productivas, técnicas o de organización puede decidir libremente la rescisión de contratos de trabajo. Y para que no haya dudas jurídicas establece que un descenso de ventas o beneficios durante tres trimestres es motivo suficiente.

Segundo, empeora las condiciones laborales de trabajadores y trabajadoras y debilita la regulación colectiva. Posibilita la inaplicación de los convenios colectivos y el descuelgue empresarial, con reducción de salarios, cambio de jornada y horarios, movilidad funcional y geográfica. Esta ‘modificación sustancial de las condiciones de trabajo’ requiere la consulta a una representación de trabajadores de la empresa (o de la comisión negociadora del convenio sectorial), pero en caso de desacuerdo dictamina la correspondiente comisión de arbitraje, ajena mayoritariamente al sindicalismo. Además, el empresario puede imponer, arbitrariamente y bajo amenaza de despido procedente objetivo, una modificación colectiva (en torno al 10% de la plantilla) de esas condiciones cuando se den esas circunstancias.

Tercero, crea unas figuras de contratación subvencionada, especialmente precaria. El nuevo ‘contrato indefinido de apoyo al emprendedor’ solo tiene el nombre de indefinido; es un cambio formal para rebajar las estadísticas de temporalidad y dar apariencia de que se amplía el empleo estable. Pero es solo un cambio nominal. Ese contrato es más precario incluso que el temporal. El empresario lo puede rescindir durante el primer año –de prueba- sin ningún motivo ni indemnización por despido improcedente (el temporal tiene ocho días).

Por otra parte, se desarrollan el contrato a tiempo parcial y el contrato de aprendizaje y formación, dirigidos sobre todo a jóvenes, con fuertes subvenciones para abaratar su coste a los empresarios (a cargo de la Seguridad Social), pero sin garantías de su continuidad. Se crea un segmento todavía más bajo y más inestable e inseguro. Se impone un proceso de inserción profesional a los jóvenes basado en la indefensión y la precariedad laboral. A falta de creación de empleo neto, a corto y medio plazo los nuevos contratos de infra-empleos y con pocos derechos irían sustituyendo a personas con contratos con mayor estabilidad y protección. En perspectiva, supone la ampliación de la contratación precaria y la reducción de la estabilidad laboral.

Este plan de incentivación a los nuevos contratos tiene otro efecto perverso. También segmenta a los propios desempleados, favoreciendo la contratación de los que reciben prestaciones de desempleo (y cuanta más alta y más tiempo mayores beneficios para el empresario al que revertiría el 50% de su prestación). Tiene la lógica de reducir el gasto público en prestaciones de desempleo en el 25% (el nuevo contratado seguiría recibiendo el 25% como incentivo para la búsqueda de empleo). La cara principal es que condena a unos cuatro millones de desempleados y a los jóvenes sin empleo previo de entonces a un paro prolongado y sin apenas protección social.

En definitiva, esta reforma laboral no tiene ningún plan de creación global de empleo neto y facilita una reestructuración de plantillas hacia un mercado de trabajo más barato y dócil. Empleos más estables disminuyen su protección para sustituirlos por nuevos contratos más precarios. Se somete a la gente joven y desempleada a una vida laboral estancada, de paro y precariedad. Por tanto, frente a los discursos oficiales, no crea empleo, sino que pretende sustituir unos contratos, hasta ahora con mayores derechos de protección, por otros precarios. Tampoco frena la dualidad del mercado de trabajo, sino que empeora las condiciones de los distintos segmentos e incrementa la inseguridad y la desprotección de los nuevos empleos, particularmente, los destinados a jóvenes. Su apuesta es consolidar la capacidad empresarial de control social y productivo, mediante la coacción y reglas autoritarias para garantizar la subordinación e impotencia de la población trabajadora.

No crea empleo, prolonga la crisis y perjudica a la mayoría
Su justificación oficial es la creación de empleo, aunque se diluye en el tiempo y aparece condicionado. Así, sin mucha convicción y acompañado por otras reformas estructurales (financiera y presupuestos restrictivos), se considera un medio imprescindible para generar un nuevo periodo de expansión económica, la condición necesaria para salir de la crisis económica. Cuando menos, ese pronóstico era dudoso, y la realidad al cabo de más de un año de aplicación lo confirma. Probablemente, va a contribuir a la prolongación de la crisis, la contracción económica y, sobre todo, el empeoramiento de las condiciones de empleo, laborales y de vida de la mayoría de la sociedad. Estos efectos son claros a corto plazo.

Pero, no hay que descartar la persistencia de esta situación a medio plazo con estancamiento del empleo y menor protección social: continuidad de un paro masivo, ampliación de las capas trabajadoras precarias y baratas con mayor incertidumbre socioeconómica, mantenimiento de una estructura productiva frágil y de baja cualificación, recortes del Estado de bienestar, probabilidad de un fuerte descontento popular y dificultades para la cohesión social. A partir del año 2015 comenzó una etapa de relativo crecimiento económico y creación de empleo, pero debido a diversas variables macroeconómicas en el marco europeo y mundial y, desde luego, no derivado del carácter restrictivo de la actividad económica que produjo esa reforma laboral.

¡Vaya mamotreto que nos acabas de endilgar a estas horas!, ¡anda, descansa que por hoy ya has cumplido.

Parecido a los tuyos, que aburres. Esto es interesante. Estudia, como dice Juanjo para que no votes a botarates.