También me ha causado extrañeza la firmeza que emplea Ojo del Guadiana para, sin tener datos a la vista, catalogar la finca como "indivisible por ley".

En primer lugar me suena a que él ve indicios burlescos en la pregunta y de ahí su contestación, porque muchos sabemos o creemos saber que las fincas agrícolas (rústicas) son divisibles siempre que las partes resultantes superen las "unidades mínimas de cultivo" que tenga establecida la Comunidad Autónoma e incluso que, si no resulta alguna de las partes con el mínimo establecido, se puede adquirir algún predio colindante para superar el límite y así poder dividir.

Es simplemente una opinión puesto que mis conocimientos técnicos sobre este asunto son escasos.

saludos. ... (ver texto completo)
Sigues despistado,

Que tiene una finca,...
Que la quiere dividir,...

Pídele aclaraciones a él, así nos saca de dudas.

¿Te suena?

Sl2
Estás un pelín despistado.

Yo sé perfectamente cómo es la finca. Ahórrate tiempo.

Sl2
Tu finca es indivisible, según marca la LEY.

SL2
Atención propietarios de FINCAS Rústicas Y URBANAS
Si dispone de fincas rusticas o urbanas sin escriturar, declarar, legalizar, discrepancias de superficies registrales o catastrales, objeto de herencias, donaciones, repartos familiares, etc. Nosotros se lo podemos regularizar y actualizar. Mediciones topográficas y levantamientos de planos, gestiones y trámites catastrales, notariales y registrales.. Teléfono…678…444…555.