También me ha causado extrañeza la firmeza que emplea...

También me ha causado extrañeza la firmeza que emplea Ojo del Guadiana para, sin tener datos a la vista, catalogar la finca como "indivisible por ley".

En primer lugar me suena a que él ve indicios burlescos en la pregunta y de ahí su contestación, porque muchos sabemos o creemos saber que las fincas agrícolas (rústicas) son divisibles siempre que las partes resultantes superen las "unidades mínimas de cultivo" que tenga establecida la Comunidad Autónoma e incluso que, si no resulta alguna de las partes con el mínimo establecido, se puede adquirir algún predio colindante para superar el límite y así poder dividir.

Es simplemente una opinión puesto que mis conocimientos técnicos sobre este asunto son escasos.

saludos.