Pero en la práctica qué?.

ABC PREMIUM.

Las expropiaciones de Baleares, sin precedentes en el resto de democracias europeas.

R. S.

Lo malo es que se extienda la okupacion y que sea legal.
Habrá que aplicar la ley antiocupa, previo pago para echar a los okupas.

El allanamiento de morada siempre estuvo castigado, no se que habrá pasado con esa ley, y si la derogaron, quien lo hizo.
El caso, es que es un sin sentido, que te puedan quitar "TU" casa, en muchos casos el esfuerzo de toda una vida, y no poder hacer nada, encima pagarles luz agua y resto de suministros, demencial.

El allanamiento de morada sigue estando castigado.

El artículo 202 del Código Penal define como allanamiento de morada la entrada en morada ajena o el mantenimiento en la misma contra la voluntad de su morador.

Es decir, existen dos conductas que pueden constituir un delito de allanamiento de morada:

La entrada sin consentimiento.
El mantenimiento en el interior de la morada o domicilio contra la voluntad del titular.
Además, el CP determina una mayor gravedad de la conducta cuando para realizarla se emplea violencia o intimidación.

Pero en la práctica qué?.