Es lo que yo pienso, ciñéndonos al caso que nos ocupa, nunca mejor dicho, de los ocupas.
Ese artículo debiera estar modificado y no dejar resquicio alguno que atente contra la propiedad de nadie, sin la merecida sanción y en estos casos, el desalojo INMEDIATO.
Saludos y encantada de verte de nuevo por aquí.
Ese artículo debiera estar modificado y no dejar resquicio alguno que atente contra la propiedad de nadie, sin la merecida sanción y en estos casos, el desalojo INMEDIATO.
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