Ey, Blanco. Te ha aconsejao bien ese que dise: Pio...

Ey, Blanco. Te ha aconsejao bien ese que dise: Pio pio, jajaja.
Yo haría lo que ese caballero te ha dicho. y si no es caballero, y es escudero te ha hablado mejor que un letrado.

Verás: Depende de muchas cosas. Primero que haya en metálico o en predios unos bienes da igual. Si hay un testamento actualizado tendrás que pagar los costes, el IBA y después si no eres solo, por ejemplo si tienes esposa... hijos... ten en cuenta que ellos heredan también.
Si no hay escritura pública tendrás que elevar tus bienes, o los de tu padre a escritura pública.
Luego vienen los censos redimidos o no redimidos. Si no hay ningún censo sin redimir ya es mucho. Si hay que redimir un censo entonces hay que buscar al que debe cobrarlo. Un censo de una peseta se te puede convertir en tres millones de pesetas. Y gracias si encuentras a quien pagarlo legitimamente.

Después de todo esto has de hacer la declaración de bienes, y claro, pagar lo que te imponga en ayuntamiento y el estado.

Pero si solo son dineros en metalico, y no sonn patrimonios, entonces es todo más sencillo. Un buen abogado te lo resuelve pronto.

Si el dinero está en una entidad bancaria... entonces mira si tienes poder reconocido para retirarlo.
Luego si es una cantidad alta tienes que justificar para lo que lo sacas, pues ese dinero tambien paga a hacienda. Si es una cantidad corta no hay nada que declarar, se retira para gastos de comida y muebles y ya está. Guarda facturas, y no pierdas ninguna factura de tu padre.

Yo estudié un poco sobre esto. Pero ahora ya soy viejizo, ya he cumplido los 35... y claro, ya no sé mucho de estos casos, trabajo en una fábrica.
Vete a un buen abogado que él te aclarará todo mejor que yo.
Venga, que lo puedas disfrutar.