A ver, Esquilache58, en relación con las terrazas de...

A ver, Esquilache58, en relación con las terrazas de los bares en verano, concretamente en Sevilla, te puedo contar lo siguiente que, desde luego no coincide exactamente con los datos que tu posees:

Según la ordenanza municipal de la capital de Sevilla, que ha entrado en vigor el día 1 de Enero de 2.014; no podrá haber terrazas abiertas más allá de las 01.00 horas –la ordenanza establece ese momento como límite para todas las licencias– ni más tarde de las 23.00 horas en las zonas acústicamente saturadas, aunque en los dos casos la norma exime algunas épocas del año, como Navidades, Semana Santa, Feria, vísperas de festivos y festivos, cuando los establecimientos podrán tener sus veladores en la calle una hora más.

No obstante, el poseer autorización para tener dispuestas al público estas terrazas, no supone que no tengan que observar en el periodo de apertura del horario legal, otras ordenanzas municipales como la referente a los ruidos o a la de garantía de la convivencia ciudadana.

Cómo puedes leer esto está perfectamente normalizado y regulado pudiendo cualquier ciudadano denunciar las posibles infracciones, sin embargo con la procesiones el remedio es tolerar, tolerar y tolerar, pero los tolerantes siempre somos los no creyentes.

saludos.

Otras ordenanzas como lade los ruídos o la de garantía de la convivencia ciudadana.