Gracias por lo de Ventosillano.
Tos los hombre sois machistas, unos procuran cambiar un poquito y lo consiguen, otros casi del todo, como eres tu, una persona anarquista vas un poco por libre pero tienes la generosidad y humanidad de la izquierda, y además eres inteligente, no es nuca lo mismo que la derecha, pero lo peor son las mujeres mayores que son tan machitas o mas que algunos hombre o algunas muy jóvenes que no son feministas son femeninas, muy orgullosas ellas. que cosa una mujer femenina como algo muy especial, ¿no es muy raro o muy cursi?
¿AH! que yo quiero los mismos derechos y "obligaciones" que los hombres no pretendo solo beneficios, eso no seria justo.
Un beso
Tos los hombre sois machistas, unos procuran cambiar un poquito y lo consiguen, otros casi del todo, como eres tu, una persona anarquista vas un poco por libre pero tienes la generosidad y humanidad de la izquierda, y además eres inteligente, no es nuca lo mismo que la derecha, pero lo peor son las mujeres mayores que son tan machitas o mas que algunos hombre o algunas muy jóvenes que no son feministas son femeninas, muy orgullosas ellas. que cosa una mujer femenina como algo muy especial, ¿no es muy raro o muy cursi?
¿AH! que yo quiero los mismos derechos y "obligaciones" que los hombres no pretendo solo beneficios, eso no seria justo.
Un beso
APRECIADA ELO. A mí me gustan las femeninas. NO LAS FEMINISTAS.
Las femministas se dividen en dos grupos: las que pasan de todo, y las que no pasan una. Tanto unas como otras están desfasadas.
Las femministas se dividen en dos grupos: las que pasan de todo, y las que no pasan una. Tanto unas como otras están desfasadas.
889), Penal (1870) y de Comercio (1885).
“La mujer casada no disponía de autonomía personal o laboral, tampoco tenía independencia económica y ni tan siquiera era dueña de los ingresos que generaba su propio trabajo. Debía obedecer al marido, necesitaba su autorización para desempeñar actividades económicas y comerciales, para establecer contratos e, incluso, par realizar compras que no fueran las del consumo doméstico. La ley tampoco reconocía a las trabajadoras casadas la capacidad necesaria para controlar su propio salario y establecía que éste debía ser administrado por el marido. El poder del marido sobre la mujer casada fue reforzado, además, con medidas penales que castigaban cualquier trasgresión de su autoridad: por ejemplo, el Código Penal estableció que la desobediencia o el insulto de palabra eran suficientes par que la mujer fuera encarcelada. Asimismo, el doble estándar de moral sexual le permitía al hombre mantener relaciones sexuales extra-matrimoniales y se las prohibía de forma tan tajante a la mujer que las diferencias quedaron explícitamente manifiestas en la legislación relativa al adulterio y a los crímenes pasionales. El Código Penal establecía que si el marido asesinaba o agredía a la esposa adúltera o al amante de ésta, al ser sorprendidos, sólo sería castigado con el destierro durante un corto espacio de tiempo. En la misma situación, las penas impuestas a la mujer eran mucho más severas: al ser considerado parricidio el asesinato del marido, la sentencia era siempre prisión perpetua.”
“La mujer casada no disponía de autonomía personal o laboral, tampoco tenía independencia económica y ni tan siquiera era dueña de los ingresos que generaba su propio trabajo. Debía obedecer al marido, necesitaba su autorización para desempeñar actividades económicas y comerciales, para establecer contratos e, incluso, par realizar compras que no fueran las del consumo doméstico. La ley tampoco reconocía a las trabajadoras casadas la capacidad necesaria para controlar su propio salario y establecía que éste debía ser administrado por el marido. El poder del marido sobre la mujer casada fue reforzado, además, con medidas penales que castigaban cualquier trasgresión de su autoridad: por ejemplo, el Código Penal estableció que la desobediencia o el insulto de palabra eran suficientes par que la mujer fuera encarcelada. Asimismo, el doble estándar de moral sexual le permitía al hombre mantener relaciones sexuales extra-matrimoniales y se las prohibía de forma tan tajante a la mujer que las diferencias quedaron explícitamente manifiestas en la legislación relativa al adulterio y a los crímenes pasionales. El Código Penal establecía que si el marido asesinaba o agredía a la esposa adúltera o al amante de ésta, al ser sorprendidos, sólo sería castigado con el destierro durante un corto espacio de tiempo. En la misma situación, las penas impuestas a la mujer eran mucho más severas: al ser considerado parricidio el asesinato del marido, la sentencia era siempre prisión perpetua.”
APRECIADA ELO. ¿Quiere qué le cuente el cuento de la buena pipa?
REPITO. A mí me gustan las fémininas, las féminas. NO LAS FEMINISTAS.
REPITO. A mí me gustan las fémininas, las féminas. NO LAS FEMINISTAS.