Ciudadana: Si lo que yo expongo es tan sencillo como...

Ciudadana: Si lo que yo expongo es tan sencillo como que debido a un R. D del 94 y 95 mi pensión quedó limitada, es decir a una menor percepción de los que más cotizan puesto que antes no era así como la s. social dice en la carta.
Lo demás son comentarios que para mi opinión carecen de interés o no se ciñen al tema.

Saludos
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
Perdone que me meta en su hilo.

Efectivamente es posible y así ha ocurrido, poner tope a las pensiones máximas, pero correlativamente se deberían de haber recortado las cotizaciones de todos aquellos cuyas aportaciones daban derecho a pensiones más elevadas.
Para esta clase de trabajadores, el derecho a la pensión mázima se alcanza antes de llegar a la edad legal de jubilación, lo que da lugar a que sus cotizaciones en exceso solo sirvan para beneficiar a otros.

Este es mi caso.

Saludos.