A los Foreros ...

A los Foreros
Os voy a explicar esta nueva Institución a la que nomino El Tribunado del Pueblo, fruto de mi iniciativa y que idee para que la soberanía resida en el propio pueblo y no en una clase política que no nos representa porque se mueve por sus intereses particulares.

4-EL TRIBUNADO DEL PUEBLO
1ªParte
Es el máximo órgano representativo de la soberanía nacional, concepto hasta ahora controvertido y ambiguo incluido en las Constituciones españolas vigentes desde la primera, en referencia la Constitución de 1812 hasta la última actual de 1978.
En la futura Constitución que se promulgue el siglo XXI deberá ser realidad esta soberanía, fruto de mi iniciativa y que ya anteriormente incluí por primera vez, en mi ensayo editado en 2012: ¿Que es España? considerado como una de las medidas regeneracionistas en nuestro actual sistema constitucional.
Anteriormente se expresaba que la soberanía nacional residía en el pueblo pero en realidad no era así sino que residía por mandato expreso e indirecto en el Parlamento a través de sus órganos representativos que son el Congreso de los Diputados y el Senado.
Ahora se crea “el Tribunado del Pueblo” integrado en una cámara asamblearia compuesta de 30 miembros a los que se conoce como “el Consejo de los Treinta” y que lo formarán inicialmente 60 miembros y tras el sufragio universal reducido a 30, elegidos por una serie de Instituciones representativas del pueblo donde se hayan integrados todos los sectores más representativos del ciudadano en su aspecto civil laboral, energético, científico, consumista, jurídico y religioso. Esta Institución, detenta el poder supremo del la nación española y se la califica como “Honorable Colectivo de Próceres y Padres de la Patria”
El perfil del candidato elegido por las Instituciones será una persona física, de ambos sexos, autónomo, o trabajador por cuenta ajena, profesional liberal, trabajador manual que se hayan distinguido por su dedicación a las artes, a un oficio o sean poseedores de distinciones honoríficas, medallas a sus méritos profesionales o supuestamente con un currículum vitae diverso y digno de elogio siendo condición sine quórum de no haber pertenecido anteriormente a ningún partido político ni a los sindicatos de clase (solamente permitido a agrupaciones profesionales) para demostrar la objetividad del candidato a la función de máxima responsabilidad con la Patria que deberá ejercer..
En relación con los candidatos seleccionados por las asociaciones religiosas serán también personas que designen personalmente las Instituciones a donde pertenecen por sus meritos personales o vocacionales.
La elección del candidato se hará por sufragio universal a través de las propuestas de las Instituciones citadas a continuación que presentaran una lista con seis candidatos donde el ciudadano deberá marcar sus tres elegidos. Estas elecciones se convocarán tras la convocatoria de elecciones generales con un sobre independiente con 10 candidaturas con seis candidatos cada una donde el ciudadano deberá elegir tres de cada lista. Ejercida la elección se integrarán las personas más votadas de cada lista en con un máximo de tres en el Consejo de los Treinta.
El mandato del Consejo de los Treinta tendrá una vigencia de de ocho años donde serán nominados treinta personas elegidas democráticamente por sufragio universal y se acompañará una lista de otros treinta candidatos suplentes que serán los más votados del orden de mayor a menor número de votos. Las bajas voluntarias o decesos durante la vigencia del mandato serán sustituidos por la lista de suplentes de acuerdo con su posición preferente elegida democráticamente por los ciudadanos.
Constituido el Consejo de los Treinta será necesario elegir los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario, siendo procedente que cada uno de los miembros en votación secreta elijan democráticamente a tres candidatos entre los treinta elegidos y el que consiga más votos será el Presidente, el segundo el Vicepresidente y el tercero el Secretario, siendo esta elección irrevocable por la alta misión y honor que desarrollaran de representar a la nación española.
El Tribunado del Pueblo será asistido por un Consejo asesor con asistencia jurídica, económica y contable que formara un equipo profesional quienes elaborarán los informes, investigaran los temas encomendados y emitirán sus criterios solicitados por el Órgano soberano.